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Ayudas para la Inspección Técnica de Edificios

 

logo vimcorsa ofrece ayudas a propietarios/as de edificios residenciales que estén en la obligación de llevar a cabo la Inspección Técnica del Edificio (ITE).

ITE OBLIGATORIA

Edificios de más de 50 años de antigüedad

1. Inscritos como Bien de Interés Cultural y sus entornos (BIC) , en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz (CGPHA)

2. Bienes de catalogación general del CGPHA

Edificios de más de 75 años de antigüedad: TODOS

 

Las ayudas consistirán en la aportación de una cuantía económica a fondo perdido

 

 

CARÁCTER OBLIGATORIO DE LA ITE

 

La ITE deberá presentarse dentro del año siguiente a aquel en que el edificio cumple 75 años de antigüedad o 50, si se trata de un BIC o un bien de catalogación general y sus entornos

 

Desde la entrada en vigor de la Ordenanza ITE, 26 de septiembre de 2009, esta obligación se llevará a efecto de modo gradual durante los tres primeros años, según los siguientes plazos:

 

Límite para la presentación ITE

Finalización construcción edificio o rehabilitación integral

 Antigüedad del edificio

25 septiembre de 2010

anterior a 25 de septiembre de 1959 (BIC, sus entornos y edificios catalogados del CGPHA)

 

50 años o más

anterior a 25 de septiembre de 1909

 100 años o más

25 septiembre de 2011

anterior a 25 de septiembre de 1934

 75 á 99 años

25 septiembre de 2012

anterior a 25 de septiembre de 1959

 50 a 74 años

 

31 de diciembre del año siguiente al cumplimiento de 50 años de antigüedad del edificio

 

 

 

1960 en adelante

 

 

50

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS

El plazo de solicitudes permanecerá abierto durante toda la anualidad 2011 hasta agotar la disponibilidad presupuestaria prevista

 

La convocatoria de estas ayudas atenderá prioritariamente a los edificios que se hallen en la obligatoriedad de realizar la ITE en el primer y segundo año

 

A QUIÉN VAN DESTINADAS LAS AYUDAS

A propietarios de inmuebles que justifiquen tener unos ingresos familiares inferiores a 2 veces el IPREM corregido. Los ingresos máximos son 19.772 €

 

En las comunidades de vecinos, deberán cumplir con la condición económica de ingresos al menos el 50 por ciento de las viviendas del edificio. Asimismo, deberán cumplir el mismo porcentaje de ocupación.

 

AYUDAS ECONÓMICAS

Los honorarios técnicos de la ITE serán libremente pactados. Las ayudas podrán alcanzar el 75% y 90% del presupuesto de los honorarios técnicos con las siguientes cuantías máximas.:

a) 300€ por edificio unifamiliar sin protección

b) 400€ por edificio unifamiliar incluido en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz o en el  entorno del BIC

c) 100€ por vivienda con un máximo de 600€ para edificios plurifamiliares

d) El 90% para casas patio y casas de vecinos, con las siguientes cuantías máximas:  hasta cinco viviendas, 1000€; y,  de seis a diez viviendas, 1250€

 

SOLICITUD Y DISPOSICIÓN DE LA AYUDA

Podrán solicitar la ayuda la persona/s interesadas  que se hallen en el primer y segundo año de obligatoriedad de la ITE .

El expediente de solicitud se conformará con la documentación administrativa correspondiente que demuestre el cumplimiento de los requisitos exigidos.

La disposición de la ayuda supone presentar la correspondiente factura de los honorarios técnicos así como el  impreso de haber tramitado la documentación completa  de la ITE en la Gerencia de Urbanismo.

La ayuda se realizará en un solo pago mediante transferencia bancaria al propietario del inmueble o cuenta de la comunidad en su caso.

 

PREFERENCIA DE LAS AYUDAS

Se atenderán las solicitudes presentadas por orden de entrada hasta agotar la inversión prevista

 

INFORMACIÓN  Y SOLICITUD

www.vimcorsa.com

e-mail: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

 

AJERQUÍA NORTE, Oficina de Rehabilitación:

C/ Arroyo de San Lorenzo, 23. 14002 CORDOBA. T. 957355 190

 

 

 
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